Reproduzco ysuscribo la presentación de la web del portal de memoria Democrática del Gobierno de España.
La Constitución Española de 1978 se fundamentó en un amplio compromiso social y político para la superación de las graves y profundas heridas que había sufrido la sociedad española durante la Guerra Civil y los cuarenta años de Dictadura del General Franco. De esta manera, la recuperación de las libertades y del Estado de Derecho asumía el legado democrático que varias generaciones de españoles habían forjado con el objetivo común de alcanzar y garantizar la convivencia democrática, dentro del respeto al pluralismo de la sociedad española, y conseguir un orden económico y social más justo.
Desde entonces, múltiples iniciativas políticas, legales, sociales y culturales han venido a reparar y restañar esas brechas para evitar la división entre los ciudadanos y fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones de españoles en torno a los valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico, los principios constitucionales y los derechos y libertades fundamentales
La articulación de políticas públicas que den cumplimiento a los principios de Verdad, Justicia, Reparación y garantías de no repetición son esenciales en la construcción de una memoria democrática compartida que, no solo supere las heridas causadas, sino que además sirva de sólido fundamento a una verdadera cultura democrática.
El verdadero punto de inflexión al reconocimiento de la memoria histórica lo encontramos con la aprobación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, conocida popularmente como "Ley de Memoria Histórica", aprobada con un amplio consenso. El texto de la Ley es el resultado de los trabajos de la Comisión Interministerial para el estudio de la situación de las víctimas de la guerra civil y del franquismo, creada por Real Decreto 1891/2004, de 10 de septiembre, para el estudio de la situación de las víctimas de la guerra civil y del franquismo y asume la Declaración así como la condena del franquismo contenida en el Informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa firmado en París el 17 de marzo de 2006 en el que se denunciaron las graves violaciones de Derechos Humanos cometidas en España entre los años 1936 y 1975.
El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, creó por primera vez en el seno del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática la Secretaría de Estado de Memoria Democrática. Por su parte, el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, creó la Dirección General de Memoria Democrática adscrita a la citada Secretaría de Estado.
Ambos órganos están concebidos para dar respuesta e impulso a las iniciativas relacionadas con la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, y proporcionar el debido apoyo institucional al cumplimiento de los objetivos contemplados en la citada ley.
Siendo la memoria el ejercicio de reconstrucción del pasado en el momento presente, ha de entenderse como un derecho; un derecho de la ciudadanía. Para ello, el objetivo fundamental de toda política de memoria es crear condiciones de pedagogía social que se constituyan en garantías de no repetición"
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